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BOE Viernes 15 de junio de 2012. Resolución de 14 de mayo de 2012, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se constituye la Mesa de Contratación Permanente del Organismo.

Resolución de 14 de mayo de 2012, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se constituye la Mesa de Contratación Permanente del Organismo.

Tras la entrada en vigor de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, el Museo ha pasado a convertirse en un organismo público de los previstos en la disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar pública y privada para el cumplimiento de sus fines.

En materia de contratación, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 34/2011, se regirá por lo dispuesto en la legislación de contratos del sector público, sin perjuicio de las peculiaridades del régimen jurídico de contratación para las actividades comerciales del Museo en las que aplicará las normas previstas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para los contratos de poderes adjudicadores que no tengan el carácter de Administración Pública.

La nueva naturaleza del organismo aconseja la constitución, de conformidad con lo establecido en el artículo 320 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de una Mesa de Contratación permanente en el Museo que asista al órgano de contratación en los procedimientos abiertos y restringidos y en los procedimientos negociados con publicidad a que se refiere el artículo 177.1 de dicha ley. En los procedimientos negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación, la constitución de la Mesa será potestativa para el órgano de contratación.

Por otra parte, el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, exige que si se designa una mesa de contratación con carácter permanente, o se le atribuyen funciones para una pluralidad de contratos, su composición se publique en el «Boletín Oficial del Estado».